La Empresa solicitará, a más tardar en el momento de la recolección de los datos, la autorización del titular para el tratamiento de los mismos y le informará la información personal que será recolectada, así como las finalidades las cuales se obtiene el consentimiento.
Para tal efecto, todos los trabajadores de DEPI S.A.S., en especial, los jefes de área y los responsables de cada proceso en el que se requiera hacer tratamiento de datos personales, tienen la obligación de garantizar que previamente al tratamiento de estos se obtenga la autorización del titular de manera libre, expresa e informada, siguiendo los parámetros establecidos por la normativa colombiana y la presente Política.
La autorización del titular puede darse (i) por escrito, (ii) de forma oral o (iii) mediante conductas inequívocas que permitan concluir de forma razonable que se otorgó la autorización, garantizando en todo caso que esta sea susceptible de posterior consulta. En ningún caso el silencio podrá asimilarse a una conducta inequívoca. Cada área conservará soporte de la autorización para el tratamiento de datos personales.
Desarrolladora de Proyectos de Ingeniería SAS – DEPI SAS, consciente de la importancia de un entorno de bienestar integral, productivo, sano, seguro y adecuado, reconoce que todos los trabajadores tienen derecho a la Desconexión Laboral, por lo que se compromete con la protección, promoción de la salud física y mental, garantizando el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencia, incapacidad, permisos y/o vacaciones. Es por esto que se establecerán los lineamientos que permitan garantizar la desconexión laboral de todos los trabajadores y la implementación de los mecanismos para el cumplimiento de dicho derecho, de acuerdo con lo dispuesto por la ley 2191 de 2022.
La política va dirigida a todos los trabajadores de la empresa, con excepción de aquellos que la legislación laboral y la ley establecen como exentos de dicha regulación, así:
A. Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo.
B. Aquellos trabajadores, que, por causa de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, se requieran para cumplir deberes extra de colaboración con la empresa, cuando sean necesarios para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra
alternativa viable.